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martes, 1 de julio de 2014

PROCEDIMIENTO DEL PROGRAMA DE REUTILIZACIÓN DE LIBROS DE TEXTO MEDIANTE EL SISTEMA DE PRÉSTAMOS


ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN LA TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Es importante que tengan en cuenta que se han de cumplimentar todos lo campos que aparecen como obligatorios. En este curso, el campo de renta per cápita es obligatorio y para su cálculo los solicitantes tienen que tener en cuenta lo especificado en el artículo 3 b) y d) de la Orden« que regula este proceso. Para facilitar este cálculo se puede utilizar la aplicación de ayuda que se encuentra ubicada en el Portal de Educación >Alumnado y Familia >Materiales Curriculares. Los miembros computables se especifican en el artículo segundo, punto 3 a) de la misma orden.
RENTA PER CÁPITA
Para obtener la renta per cápita se dividirá la renta familiar (teniendo en cuenta las deducciones) entre el número de miembros de la unidad familiar.
RENTA FAMILIAR
La renta familiar se obtendrá por agregación de las rentas del padre y de la madre o tutor/a legal, de la unidad familiar que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, del ejercicio fiscal 2011. La renta familiar se calculará de la siguiente manera:
1º  Si han presentado declaración, la determinación de la renta del padre, de la madre o tutor/a legal, se calculará realizando las siguientes operaciones:
 Casilla 618 +casilla630 – casilla 741  
Casilla ( 618): Base liquidable general
Casilla (630): Base liquidable de ahorro
Casilla (741): Cuota resultante de la autoliquidación

Para la determinación de la renta del padre, de la madre o tutor/a legal de la unidad familiar, que obtengan ingresos propios y no se encuentren comprendidos en el supuesto del párrafo anterior, se realizarán las siguientes operaciones con los datos consignados en sus respectivas nóminas y certificados bancarios:
Rendimientos íntegros del trabajo – Retenciones por rendimientos del trabajo – 300 euros ( en concepto de reducción generla, aplicable solo en el caso de que haya rendimientos del trabajo) + Rendimientos del capital mobiliario – Retenciones por rendimientos del capital mobiliario + Ganancias patrimoniales sometidas a retención – Retenciones por ganancias patrimoniales
2º  Si no han percibido ingresos sujetos a IRPF, el padre, la madre o tutor/a legal, tiene que presentar una certificación de Hacienda donde conste la ausencia de datos económicos en el año 2011
DEDUCCIONES
Hallada la renta familiar según lo establecido en los apartados anteirore, se aplicarán las siguientes deducciones, siempre que se acredite que estas situaciones concurrían a 31 de diciembre de 2001
1º 1500 euros por familia numerosa legalmente reconocida
2º 2000 euros por cada miembro de la unidad familiar que esté afectado de discapacidad legalmente reconocida, entre el treinta y tres y el sesenta y cinco por ciento.
3º &000 euros por cada miembro de la unidad familiar que esté afectado de discapacidad, legalmente reconocida, igual o superior al sensenta y cinco por ciento.
Miembros de la unidad familiar
Se entiende por unidad familiar
1º La integrada por el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del mentor, en su caso, el solicitante, los hermanos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar, no tengan rentas anuales superiores a 8000 €y no hayan presentado declaración de IRPF individualmente y los mayores de veinticinco años, cuando se trate de personas con discapacidad, física, psíquica o sensorial
2º En los casos de separaciónn legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos que convivan con uno u otro y reúnan los requisistos a que se refiere el punto anterior.
3º La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente a 31 de diciembre de 2011

Los miembros computable se especifican en el artículo segundo, punto 3 A) de la Orden. No pueden ser admitidos como miembros computables a los hijos mayores de 18 que tengan rentas anuales superiores a 8.000€ y hayan presentado declaración de IRPF individualmente a fecha 31 de diciembre de 2011.
Si en la solicitud, marcan “SI” en los campos de autorizaciones, la Administración realizará verificaciones mediante procesos informáticos de todos los datos de esta solicitud. Para poder realizar estas verificaciones, además de marcar las correspondientes casillas de autorización, ambos tutores deben firma la solicitud, quedando presentada y registrada en ese mismo acto.
Si el padre, o la madre o el tutor legal marca “NO”  en los campos de autorizaciones, la solicitud aunque quede registrada, estará incompleta hasta que se aporte la documentación acreditativa que se indica en el artículo 3 de la Orden.



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